Exención en el uso de la mascarilla por causas médicas en nuestro salón de peluquería

En relación al Real Decreto Ley de 9 de Junio de 2020 del Boletín Oficial del Estado, en el cual se establecen medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, así como prevenir posibles rebrotes. En concreto nos referimos al punto 6 que regula el Uso obligatorio de mascarilla para los mayores de 6 años y al apartado 2 correspondiente al punto 6 en el cual indica que:

6.2 La obligación contenida en el apartado anterior NO será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. 

En base a este artículo, queremos indicar a nuestros clientes, que, en caso de que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria, nos lo hagan saber al realizar la reserva en nuestro salón de peluquería, simplemente mencionando que tienen exención en el uso de la mascarilla por causas médicas. Nuestro equipo lo tendrá en cuenta, para que su experiencia en el salón sea segura y lo más agradable posible. Insistimos en que no es necesario que presenten ningún tipo de justificante médico. Si que insistimos en que es imprescindible que lo avisen al realizar la reserva para que lo podamos tener en cuenta y que el personal y medios estén preparados.

Más información:

  • Si tienes dudas sobre el protocolo anticovid-19 en nuestro salón de peluquería.
  • ¿Se te ha olvidado la mascarilla? Tranquila, en nuestro salón disponemos de mascarillas quirúrgicas y de tela a la venta.
  • Legislación vigente: